EL derecho a gozar de los beneficios de la ciencia y la tecnología: Necesidad de mente abierta

Por: Arleys Cuesta Simanca.

Los avances científicos y tecnológicos han sido determinantes para el mejoramiento de las condiciones de vida y para el desarrollo de los países. La posibilidad de contar con agua potable, con fuentes de energía, producción de alimentos, la cura y el tratamiento de enfermedades, la prolongación de la expectativa de vida, el avance de las telecomunicaciones, el desarrollo de nuevos materiales más económicos, eficientes y amigables con el ambiente, dan cuenta de esta afirmación. También resulta claro que los desarrollos científicos y tecnológicos representan una amenaza y son objeto de gran preocupación en la medida en que puedan ser empleados en forma contraria a los valiosos propósitos de preservar la vida, la convivencia pacífica, la libertad o la dignidad humana.

Con todo, el progreso científico y tecnológico es un bien colectivo cuyas ventajas son deseables en forma universal, a tal punto que la posibilidad de acceder al mismo, su libre búsqueda y goce se encuentran previstos como derechos humanos[1], categoría sobre la que bien se pueden cimentar y justificar los esfuerzos que un Estado Democrático Constitucional realice en función de su promoción, además de los beneficios económicos que ello apareja en términos de productividad y competitividad.

Diferentes declaraciones, programas de acción[2] e informes de organismos internacionales, coinciden en la necesidad de invertir en ciencia y tecnología y su utilidad social. La Declaración sobre la Ciencia y el Uso del Saber Científico, adoptada por la Conferencia Mundial sobre la Ciencia para el Siglo XXI[3], la menciona.

En la Carta de la Organización de Estados Americanos[4] se destacan los artículos 38, 47 y 51.

Para poder cumplir estos importantes propósitos se requiere contar con condiciones institucionales que favorezcan la organización y la actividad de los investigadores, los grupos de investigación, los centros de investigación y de desarrollo tecnológico, las instituciones universitarias, y los demás actores del Sistema en su empeño por generar, incorporar, difundir, y divulgar el conocimiento.

Tales condiciones rebasan en mucho las importantes pero no exclusivas consideraciones presupuestales[5] y de financiamiento, pues a éstas deben sumarse condiciones sociales, culturales, políticas y jurídicas, estas últimas que por su vocación de permanencia (al menos en principio) en función de la estabilidad y, con ella, la seguridad –que no la petrificación-, juegan un papel determinante en el avance que pueda tener la actividad científica y tecnológica.

En el año 1994, la Misión de Ciencia, Educación y Desarrollo, conocida como la “Misión de Sabios” en el informe intitulado “Colombia: Al filo de la oportunidad”, en un revelador diagnóstico de la situación del País en materia de ciencia, tecnología e innovación en el que se insiste en la necesidad de adelantar arreglos institucionales, normativos, culturales y educativos con miras al fortalecimiento y desarrollo de esta actividad en cumplimiento de los artículos 70 y 71 de la Constitución, en uno de sus apartes relacionado con las condiciones necesarias para la gestión, ejecución y manejo de recursos, recomendó:……

“Establecer mecanismos legales e institucionales que garanticen una ejecución ágil y eficiente de los recursos financieros que el Estado aporta para la investigación”[6].

 

Necesidad de Marco Jurídico Contractual para este Sector. (Continuará en la próxima entrega).

 

 

[1]Así lo establece el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en su artículo 15, en los siguientes términos:

“1. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a:

a) Participar en la vida cultural;

b) Gozar de los beneficios del progreso científico y de sus aplicaciones;

c) Beneficiarse de la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.

2. Entre las medidas que los Estados Partes en el presente Pacto deberán adoptar para asegurar el pleno ejercicio de este derecho, figurarán las necesarias para la conservación, el desarrollo y la difusión de la ciencia y de la cultura.

3. Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a respetar la indispensable libertad para la investigación científica y para la actividad creadora.

4. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen los beneficios que derivan del fomento y desarrollo de la cooperación y de las relaciones internacionales en cuestiones científicas y culturales. En la misma línea, el artículo 71 de la Constitución Política de Colombia.

[2] V. Programa en Pro de la Ciencia : Marco General de Acción, consultable en http://www.unesco.org/science/wcs/esp/marco_accion_s.htm

 

[3] Esta Conferencia se celebró en 1999 en Budapest a instancias de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) y el Consejo Internacional para la Ciencia (ICSU)

 

[4] Suscrita en Bogotá en 1948 por los Estados representados en la IX CONFERENCIA INTERNACIONAL AMERICANA.

[5] Según el Observatorio de Ciencia y Tecnología “Para 2012 el país invirtió en ACTI cerca de 2,9 billones de pesos y en I+D alrededor de 1,1. Eso equivale al 0,45% y al 0,17% del PIB, respectivamente. Teniendo en cuenta que la información del año 2012 consistía en una estimación basada en los presupuestos de las entidades y recogiendo las experiencias anteriores, el OCyT estima que las cifras reales para 2013 se acercarán al 0,49% del PIB para ACTI y al 0,19% para I+D.”http://ocyt.org.co/html/index.php?option=com_content&view=section&layout=blog&id=8&Itemid=56&lang=es

En reciente publicación de Dinero.com “Estados Unidos, países asiáticos y europeos invierten entre el 2 y el 5% del PIB en ciencia, tecnología e innovación, pero en América Latina, a excepción de Brasil, la inversión es menor al 1%, por ejemplo en Chile es 0,7%, Argentina en 0,6% y México en 0,5%.” http://www.dinero.com/actualidad/nacion/articulo/falta-inversion-ciencia-tecnologia/184412

[6] V. Aldana, Eduardo Et. Al. “Colombia: Al filo de la oportunidad” Informe de la Misión de Sabios, Consejería Presidencial Para el Desarrollo Institucional, Colciencias. Tomo I, 1994, p.106.

 

Imagen tomada de: covecyt.gob.mx

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