El Derecho a Disentir

*Marta Sáenz Correa

 En estos últimos meses por el tema del plebiscito, predominó en las redes sociales el afán de jóvenes y adultos por imponer el criterio de cada quien olvidando las buenas maneras, el respeto por las personas, y los argumentos. En este escenario bien podríamos plantearnos algunas preguntas: ¿Qué tan bueno es para una sociedad y para la democracia  que todos tengan opiniones similares? ¿Existe en nuestro país el respeto por la libre expresión? ¿Estamos educando a nuestros niños y jóvenes en la cultura del respeto? En resumen, no hemos aceptado que existe el derecho a disentir.

En palabras sencillas yo tengo derecho a pensar y decir lo que quiera, pero usted tiene derecho a disentir, a no estar de acuerdo. Disiente quien en el ejercicio de su libertad critica o discrepa de la opinión de un tercero, o quien opone su visión moral de lo que considera justo a lo que estima injusto o a lo que valora como bueno, positivo y beneficioso en contra de lo que cree malo, negativo, o perjudicial.

Lo que nos queda, al fin, es confrontar nuestras ideas, de igual a igual, de la manera mas civilizada. Se puede discrepar de una opinión, posición o acción, de una persona o grupo. Lo cierto, es que la capacidad que tenemos los hombres de diferenciarnos en opiniones y posiciones refleja una condición inherente al ser humano: nacer libres y vivir en libertad.

El premio nobel de Literatura José Saramago, nos recuerda:  En una sociedad democrática, el debate público debe nutrirse con la posibilidad de discrepar y de manifestar desacuerdo. Una sociedad que respete ese derecho es una sociedad que avanza hacia un mayor pluralismo. Disentir es un acto irrenunciable de conciencia.  El autor también afirma: Hay que ganarse el derecho a disentir, dando propuestas para la solución y trabajando en esas soluciones. Disentir con respeto y respetar el disidente.  Disentir con argumentos enriquece, permite aprender y transcender, y nos hace consciente de lo terreno. Disentir es un derecho que se acompaña con el deber de respetar.

Para finalizar , hago referencia a lo dicho por la Corte Constitucional en varias de sus sentencias respecto al disenso: El derecho fundamental a la libertad de expresión implica, también, la protección del derecho a disentir y, por ende,  la libertad de difundir todas aquellas opiniones que no se avengan con la ideología mayoritaria. La libre manifestación y circulación de ideas contrarias a la opinión predominante, enriquece la tolerancia y la convivencia pacifica, promociona la igualdad, fortalece la ciudadanía responsable y aumenta las posibilidades de control sobre las autoridades que en una sociedad democrática, le corresponde realizar a la opinión publica.

El derecho a disentir es tan importante y sagrado como la libertad de pensamiento. El disidente no puede ser visto como enemigo.

 

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