OPOSICIÓN DEMOCRÁTICA

Al iniciarse el período constitucional del Congreso 2018-2022, no nace sino que se regula y amplía la oposición en Colombia, la cual, en estos momentos, necesita algunas reflexiones que contribuyan a su precisión. Porque si bien han existido oposiciones políticas al gobierno de turno, como lo fuera en el gobierno del Presidente Barco y recientemente la oposición del Centro Democrático al gobierno de Santos (2014-2018); lo cierto es que en el presente período no solo se mantiene dicha posibilidad sino que se incluyen senadores y representantes del partido político de las FARC y se regula en el estatuto correspondiente, dándole participación en el Congreso como Senador y Representante a la fórmula que haya quedado en segundo lugar en las elecciones presidenciales, desde ahora. Sin embargo,  como quiera que la institución democrática de la oposición ya no es un asunto estrictamente político, sino que se encuentra sujeto a un  marco jurídico civilizado, resulta indispensable destacar, por el momento, algunas características de este nuevo régimen de oposición, a fin de contribuir a su claridad. En primer término, que en él se recogen unas reglas que le da a la oposición, de un lado, su carácter constitucional y legal, que si bien se encuentra autorizada por estos ordenamientos, también lo es que aquella no puede salirse de ese marco, y, por lo tanto, en ellos no se le faculta  para acudir a las armas, a las amenazas, a los crímenes, etc. Y que del otro, que se trata de una oposición que si bien es política y tiene como función de ejercer un control a las políticas que adelante el gobierno, ello implícitamente encierra ciertas limitaciones constitucionales y legales, como las siguientes: La de respetar el resultado electoral y, en consecuencia, la de respetar que los elegidos gobiernen, a fin de poder criticarlos; y no la de obstruir e impedir dicho gobierno democrático, pues tal conducta contrariaría la voluntad popular que eligió un gobierno para gobernar. La de declararse y ser reconocido como partido o movimiento de oposición política, para examinar críticamente los actos del gobierno, que muestre su desacierto y su posibilidad de alternativa de poder. Es “la gestión del gobierno” y no otra cosa, la materia de la oposición por las agrupaciones políticas en ejercicio del control político. Por lo que no le es dado asumir representación ni vocería de toda la población colombiana, ni dirigirla contra actos de los jueces de los organismos de control o de otras instituciones, ni tampoco controlar las actividades económicas, educativas o religiosas de la sociedad que no hagan parte de las políticas del gobierno de turno. En segundo lugar, hay que señalar que se trata de una oposición sujeta al marco constitucional y jurídico de nuestra democracia, por lo que, de una parte, no auspicia, ni da cabida para legitimar  las conductas, ni a las agrupaciones al margen de la ley; y, de la otra, solo permite emplear los medios institucionales de las corporaciones públicas de carácter político. En tal virtud, la oposición puede acudir a las vías constitucionales como la libertad de “reunión pública y pacífica (art.37 C.Pol.) para protestar o disentir de los actos de gobierno, y para ejercer el derecho ciudadano a ejercer el control político mediante la difusión de sus ideas contra el gobierno (art.40 num.3 C.Pol.). Sin embargo, ello tan solo es posible cuando las autoridades  colombianas (art.2º. C.Pol.) garanticen una sociedad democrática (como dice el art. 15 del Pacto de San José de Costa Rica). Ello significa: De una parte, que el ejercicio de este control debe ir acompañado de la seguridad de las autoridades, de las libertades y de los derechos de opinión y de expresión política ajena (art.13 y 20 C.Pol.) de las demás personas que defiendan al gobierno, de las que disientan de los opositores y de los que manifiesten ser perjudicados por las conductas opositoras. Y, de la otra, que las mismas autoridades no solo garanticen la seguridad nacional y el orden público, sino que “protejan la salud, la moral y los derechos y libertades de los demás” (art. 15 citado).

Comprender en lugar de juzgar

*Marta Saenz Correa. Hoy, con mucha facilidad juzgamos a los demás y olvidamos que detrás de cada persona hay una historia y una razón. Nadie sabe lo que los otros estan pasando,  y cada uno lucha su propia guerra, por lo que debemos hacer una pausa antes de juzgar. El Psicólogo americano Lewis E. Losoncy en su libro: «Como dejar de culpar y empezar a vivir» manifiesta: cuando usted entiende que la otra persona tiene un punto de vista diferente al suyo, y no se lo toma personalmente, no le molesta, respeta su visión, incluso cuando sabe que no funcionará para usted, está desarrollando su inteligencia práctica, porque le está funcionando mejor entender el otro punto de vista que juzgarlo. Cada vez que usted dialoga con otra persona, usted decide entre dos opciones: la primera, escuchar y entender a la otra persona desde una posición de ventaja del otro, o la segunda, juzgar al otro desde una ventaja propia. Algunas personas cometen el error de concluir que escuchar para entender a alguien significa estar de acuerdo con ella, sin embargo, escuchar sin juzgar es un proceso que se enfoca en entender el punto de vista de la otra persona desde su propio mundo. Juzgar implica escuchar al otro desde la perspectiva de un juez. Por tanto, podemos entender a la otra persona y estar en desacuerdo con ella. Escuchar sin juzgar no es ni concordar ni discordar, es un intento de atender sin la interferencia del punto de vista personal. De esta forma, el mensaje de la otra persona se hace más preciso y real. También precisa el autor, que la principal barrera para comunicación interpersonal es nuestra tendencia a juzgar, evaluar, aprobar o desaprobar las declaraciones de la otra persona o grupo. Aunque esta tendencia a hacer juicios es común en casi todos los intercambios de lenguaje, está mucho más enfatizada en aquellas situaciones donde los sentimientos y las emociones están profundamente involucrados. Así, que cuanto más fuertes sean nuestros sentimientos, es más probable que no haya un elemento en común en la comunicación. Para finalizar, el doctor Losoncy nos recomienda unas estrategias para entender: tener la determinación de crear un ambiente seguro y de compresión, para resistir la tendencia natural a interrumpir, juzgar y culpar; crear una atmósfera en la que el otro se siente seguro de hablar sobre sus preocupaciones; ser cálido, una persona cálida se centra en los intereses del otro; manifiesta una escucha efectiva, esto es, un deseo a fondo de entender el mensaje del hablante; y, por último, estar completamente presente, a salvo, tranquilo, sensible, y en sintonía con las palabras y sentimientos del otro.