Ciertamente produce repugnancia los abusos políticos de la fuerza pública en contra del pueblo Venezolano.
Porque, a diferencia de lo que ocurría en el pasado, en el cual el uso de la fuerza era admisible con pocos límites, cuando fuera necesario en la familia, en los establecimientos educativos y en el trato de los ciudadanos; en la época contemporánea, por el contrario, el empleo de cualquier tipo de fuerza solamente es admisible de manera excepcional.
De allí que aún en el campo público, tenga que hablarse de una “cultura social de civilización” en la que la sociedad adquiera ciertas prácticas y usos que le permita voluntariamente el desarrollo de sus relaciones sociales, de tal manera que el “uso de la fuerza pública” sea excepcional, y para los fines previstos en la organización del Estado. Por esta razón, las fuerzas públicas, representadas en ejércitos, policías y fuerzas aérea y naval, que existen en el mundo, si bien tienen que defender el orden constitucional de sus respectivos países, y están destinados a mantener el orden interno apoyando a las autoridades y a defender la independencia y soberanías de las naciones y sus territorios; ellos deben ejercerse conforme a estos fines.
Por lo tanto, en desarrollo de la defensa de la constitución, corresponde a la fuerza pública defender, en el caso de la democracia, tanto las instituciones democráticas, como la institución de la sociedad en la que descansa la democracia, lo cual implica la obligación de defender y proteger a ésta última, salvo que se trate de las restricciones pertinentes que sean constitucionales y estrictamente masones para el mantenimiento del orden que de protección a dicha sociedad.
De allí que, a raíz de la represión desproporcionada e injusta cometida por la fuerza pública en Venezuela, valdría la pena reflexionar sobre la posibilidad de estructurarse abusos de la fuerza pública cuando desatienden o distorsionan sus fines, tal como cuando los gobiernos emplean la fuerza pública para atacar o perseguir a la población y no para defenderla o protegerla, y menos cuando las ordenes pueden acarrear delitos de lesa humanidad.
Más aún, habría que preguntarse también si la fuerza pública Venezolana procura que se hagan los cambios necesarios que den lugar a una orden con legitimidad que pueda emplearse, y, si ella, si fuere el caso, debe abstenerse de emplear las instrucciones ilegitimas, para proteger a la población Venezolana.