EL CIUDADANO Y LA REFORMA POLÍTICA

A raíz del proyecto de reforma política que se discute en el Congreso y en el que se propone la unificación electoral, esto es, que todas las elecciones se hagan en un mismo período, ha surgido la controversia no tanto  de la bondad o no de su conveniencia, sino en la propuesta de ampliarle los períodos a los actuales alcaldes y gobernadores, a fin de lograr dicho objetivo. Ello obedece a que dicho debate ha sido estrictamente político y movido por los intereses de uno u otro partido o movimiento para las próximas elecciones, en lo cual habrá que tener en cuenta los precedentes de la jurisprudencia de la Corte Constitucional sobre el particular.

Sin embargo, parece que el interrogante que hay que plantearse es el de si dicha reforma satisface plenamente el interés ciudadano o no?

Porque ciertamente para el ciudadano de a pie si bien no hay un desorden, lo cierto es que tal como se efectúan actualmente todas las participaciones ciudadanas, han generado la idea de que Colombia siempre se encuentra en permanente proceso electoral y que en el país no se gobierna.

Ahora, si bien esta participación ha sido necesaria para el desarrollo de la democracia, también lo es que toda Nación civilizada debe ser gobernada para lograr satisfacer las necesidades de la población. Porque de solo política no vive una nación.

De allí que sea indispensable aprovechar esta oportunidad para que se haga en la reforma una planificación electoral que permita al ciudadano informarse y participar oportunamente en los certámenes electorales. Para lo cual valdría la pena pensar en la separación electoral en dos períodos.

El primer período, estrictamente político, estaría integrado por la participación política ciudadana en donde se hagan todas las elecciones, tanto la de los de miembros de corporaciones públicas (como sucede con los concejos, asambleas y congresos) como la de las elecciones de miembros del ejecutivo (como alcaldes, gobernadores y Presidente de la República).

Y un segundo período, que podría desarrollarse después de haber transcurrido una tercera parte de la gestión. Porque se trataría de un período destinado exclusivamente a evaluar el servicio prestado y por prestar por parte del ejecutivo. Por lo que sería un período en el que se desarrolle la participación ciudadana en asuntos de su interés. Por lo tanto, se trataría de un período en donde se desarrolle la participación en las consultas legalmente convocadas para asuntos nacionales, regionales, departamentales y municipales o  distritales (arts. 104, 100, 109 y concordantes de la C.Pol.) y en el que se lleve a cabo la participación en las convocatorias de revocatoria de mandatos. Por consiguiente, dicha participación también podría convertirse en una especie de control político ciudadano a la gestión del gobierno en curso en una oportunidad de discusión de asuntos y programas ciudadanos y en una ocasión para expresión de la opinión ciudadana para asuntos de interés local o nacional.

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